IDAIPQROO ORGANIZA CURSO VIRTUAL “RESERVA DE INFORMACIÓN Y PRUEBA DE DAÑO” A CARGO DE COMISIONADO DE INFOEM

Chetumal, Quintana Roo a 18 de septiembre 2020.- Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo (IDAIPQROO), invitó al Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM), José Guadalupe Luna Hernández a impartir el curso virtual “Reserva de Información y Prueba de Daño”.

Al dar la bienvenida al curso, el Comisionado Presidente del IDAIPQROO, José Orlando Espinosa Rodríguez, destacó la importancia de esta plática que impacta en el aprendizaje en la materia y específicamente en el empate de los criterios y argumentos utilizados por parte de los sujetos obligados en el desarrollo de sus tareas como es la clasificación de información y prueba de daño, la cual puede superar el interés público.

“En la aplicación de la prueba de daño, el sujeto obligado deberá justiciar que la divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público y en lo que hace referencia el artículo 104 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que en caso de que faltase alguno de estos elementos la prueba sería fallida y por ende la restricción al derecho es improcedente”, señaló Luna Hernández.

“Se debe ponderar el daño que puede generar la entrega de la información frente al interés público de que la información se divulgue”, sostuvo el Comisionado.

El derecho de acceso a la información (DAI) no es absoluto, puede limitarse o abrirse en virtud del interés público, la seguridad nacional, la vida privada, los datos personales, de instrumentos internacionales y de las resoluciones de los organismos internacionales, los principios sobre la libertad de expresión, máxima publicidad y los establecidos en la Ley General de Transparencia, aseguró José Guadalupe Luna Hernández.

No obstante, las condiciones de excepcionalidad que también marca la norma, establecen que si la información se relaciona con actos de corrupción, delitos de lesa humanidad y violaciones graves a los derechos humanos, la clasificación de la información es improcedente. Pues dijo en casos donde el tamaño del interés público es mayor al riesgo que este implica, debe prevalecer la entrega y no la reserva.

Cabe destacar que al curso virtual asistieron 270 personas; entre ellas, sujetos públicos de dependencias del Gobierno del Estado de Quintana Roo.